¿Donde encontrar la norma UNE-EN 13241:2004 referente al Marcado CE de puertas industriales, comerciales de garaje y portones?
¿Donde encontrar los Informes Ministeriales relacionados con la norma UNE-EN 13241:2004?
La norma norma UNE-EN 13241:2004 referente al Marcado CE de puertas industriales, comerciales de garaje y portones tiene copyright de AENOR podéis llamar a AENOR y comprarla por teléfono o la podéis comprar on-line en la página web de AENOR http://www.aenor.es con tan sólo introducir la numeración de la normativa en el buscador de normativas os llevará a ella.
Según nos habéis comentado, muchos de vosotros no encontráis los Informes Ministeriales relacionados con la norma UNE-EN 13241:2004 referente al Marcado CE de puertas industriales, comerciales de garaje y portones.
Aqui tenéis el link desde donde podéis acceder a ellos:
Los encontraréis en la sección –> Informes aclaratorios de tareas para el Marcado CE de productos: http://www.f2i2.net/legislacionseguridadindustrial/Directiva.aspx?Directiva=89/106/CEE#ListadosCompilados
Informes que os pueden interesar:
– INFORME sobre El marcado CE de los “PRODUCTOS POR UNIDAD Y NO EN SERIE” en el marco de la Directiva de productos de Construcción 89/106/CEE (Revisión 1 – Septiembre 2007)
http://www.f2i2.net/Documentos/PuntoInfoLSI/construccion/Informe_productos_por_unidad_Construccion_Sep07.pdf
– Marcado CE de puertas industriales, comerciales, de garaje
y portones en el marco de la Directiva 89/106/CEE de Productos de Construcción Versión 4: Diciembre 2010
http://www.f2i2.net/Documentos/PuntoInfoLSI/construccion/Marcado_CE_puertas_industriales_Dic10.pdf
Además, os recomendamos leer y descargar en la parte de Vigilancia de Mercado, la Guía para la inspección y vigilancia de mercado de las puertas comerciales, industriales, de garaje y portones de nueva instalación (Febrero 2012)
Esperamos que estos links os ayuden. Para cualquier otra duda sobre esta norma no dudéis en contactar con nosotros.
2 Comments
Ayer, en nuestro antiguio blog sobre herrajes, salió este tema a debate. Os dejamos la consulta que nos plantearon así como la respuesta de otro participante de nuestro blog/foro.
Buenos dias a todos:
Una puerta abatible del año 1992 ha golpeado el techo de mi coche, funciona por tiempo y no podia mover el coche porque estaba atrapado entre las maniobras de otro coche que me precedía a la entrada del garaje.
La comunidad de vecinos no quiere hacerse cargo y tampoco tienen seguro.
Hay mucha normativa y estoy pensando denunciar a la comunidad. el coste de la reparación es de 650€.
Mi pregunta es ¿A que normativa puedo acogerme para reclamar los daños?
¿Si hubiera atrapado un niño ?¿Se tendría la misma consideración?
El sentido común en principio me dice que con marcado CE o sin marcado deben tener los minimos dispositivos de seguridad. Como pueden ser celulas fotoelectricas de presencia o celulas tipo radar.
Hola Jose Miguel.
Creo poder ayudarte.
para tu reclamación no hace falta una normativa específica. la puerta es del año 1992 por lo que NO existía ninguna obligación de que llevase determinados sistemas de seguridad concretos.
No obstante, el art. 1902 del Código Civil establece lo siguiente: “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”
Tambien el art. 1907 establece que”El propietario de un edificio es responsable de los daños que resulten de la ruina de todo o parte de él, si ésta sobreviniere por falta de las reparaciones necesarias”
Esto ya deja claro la responsabilidad de la comunidad dado que la puerta del garaje forma parte de los bienes comunes de la misma.
Pero hay mas: La Ley de propiedad Horizontal establece que “Es obligación de la comunidad de vecinos la realización de las obras necesarias para la adecuada conservación del inmueble y de sus servicios de modo que reunan las debidas condiciones de seguridad”: Esto afecta directamente a la puerta de garaje y a las medidas de seguridad que debiera tener esta para funcionar de forma segura.
Es responsabilidad de la propiedad de la puerta garantizar la seguridad de uso de la misma, debiendo instalar para ello todos los dispositivos de seguridad que sean necesarios (sean fotocélulas, radares, etc…).
Con todo esto, solo puedo aconsejarte que intentes primero una solución amistosa tanto con el presidente de la finca, como con el Administrador de fincas (si es el caso). Si esto no te funciona, denuncia.
Espero haberte ayudado.
Un saludo y suerte!!